Michael Hernández
13 Septiembre 2017•Actualizar: 14 Septiembre 2017
Este martes, la Corte Suprema de Estados Unidos permitió la continuidad del veto de los refugiados que llegan a Estados Unidos propuesta por el presidente Donald Trump.
Por medio de una notificación judicial, el alto tribunal dijo que bloquearía la resolución de un Tribunal Federal de Apelaciones, que mantenía suspendida la controversial política y a la espera de una “orden posterior de esta corte”.
La notificación se conoce un día después de que el Departamento de Justicia le pidiera a la Corte Suprema que bloqueara la decisión de apelación.
De haber sido anulado el veto, para noviembre alrededor de 24.000 refugiados habrían entrado al país.
Se espera que, el 10 de octubre, la Corte Suprema lleve a cabo una audiencia en la que se evaluará el veto migratorio que impediría la entrada de personas pertenecientes a seis países, de mayoría musulmana.
Además de haber congelado las visas para los viajeros provenientes de Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen, el veto también pretende frenar la admisión de refugiados de cualquier país.
En junio, el alto tribunal permitió la entrada en vigor de varias partes del veto, pero consideró que aquellos que tengan “un argumento creíble de tener relaciones de buena fe con una persona o entidad de Estados Unidos” deberían ser exentas.
La administración y aquellos que se oponían a la exención discutieron sobre lo que suponía exactamente una relación de “buena fe”.
La resolución que había tomado la semana pasada el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito sostenía que el Gobierno había limitado las relaciones familiares y que a los allegados de aquellas personas que ya se encontraban en Estados Unidos no se les podría prohibir la entrada al país.
Al emitir su solicitud de emergencia este lunes, el Gobierno no se pronunció respecto a esa parte de la decisión del tribunal de apelación.
Con la audiencia programada para el próximo mes, aún no se sabe exactamente qué rumbo tomará este tema.
El veto de las visas de 90 días expira a finales de septiembre y el de refugiados a finales de octubre.