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Tribunal mexicano falla en contra de Monsanto-Bayer en disputa sobre uso de glifosato

La Secretaría de Medio Ambiente aplaudió la decisión y aseguró que la misma “otorga prioridad a la protección de bienes” colectivos.

Diego Carranza Jiménez  | 08.05.2021 - Actualızacıón : 08.05.2021
Tribunal mexicano falla en contra de Monsanto-Bayer en disputa sobre uso de glifosato CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO - 21 DE MAYO: Los manifestantes marchan en las calles de la Ciudad de México contra Monsanto, el 21 de mayo de 2016. (Manuel Velásquez - Agencia Anadolu)

BOGOTÁ, Colombia

El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de México revocó la suspensión de un amparo provisional interpuesto por Monsanto-Bayer contra un decreto de diciembre de 2020 que prohíbe el uso de glifosato y maíz transgénico en el país norteamericano.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) mexicana expresó su beneplácito por la decisión y aseguró que la misma “otorga prioridad a la protección de bienes” colectivos.

“El resolutivo fue emitido el pasado 3 de mayo, declarando procedente negar la suspensión provisional solicitada por la parte quejosa, ya que no se cumple con el requisito previsto en el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, pues de concederse la medida cautelar, se afectarían disposiciones de orden público en perjuicio del interés de la sociedad”, informó la Semarnat en un comunicado.

La Secretaría precisó que la resolución del tribunal colegiado advierte que el decreto tiene “vocación regulatoria de la actividad de las entidades y dependencias de la administración pública federal en cuanto al uso, adquisición, distribución, promoción e importación del glifosato, la cual tiene una visión anticipatoria sustentada en el principio de prevención en materia sanitaria y de protección al medio ambiente”.

Además, el Tribunal en pleno estimó que aun cuando el decreto reclamado únicamente orienta la actuación de las entidades y dependencias de la administración pública federal, “lo cierto es que su emisión está encaminada a la prevención gradual y paulatina de riesgos a la salud humana y animal, y al cuidado del medio ambiente, y procurar con ello la protección de bienes que interesan a la colectividad. En esa medida, precisa, existe un deber de interés al propósito protector de dicho Decreto”, explicó la Senarmat.

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“Este órgano colegiado consideró que atento al principio de precaución consagrado en la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, y en diversos documentos internacionales de derecho ambiental, no es permisible conceder la suspensión provisional solicitada, ante un posible deterioro de la salud de las personas y los animales, al entenderlo de máximo interés para el orden público”, agrega la nota de prensa.

Finalmente, la Secretaría indicó que el órgano judicial considera que “actualmente los efectos de dicho instrumento no implican la prohibición, mucho menos sanción del empleo de dicho agente químico por los particulares, sino lo que se dispuso fue el abandono gradual del glifosato por alternativas sostenibles y culturalmente adecuadas que permitan mantener la producción y resulten seguras para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el ambiente”.

México anunció el 31 de diciembre de 2020 su decisión de prohibir el uso del glifosato (el herbicida más utilizado en el mundo) y el maíz transgénico para 2024, argumentando que “tiene efectos nocivos en la salud, tanto de los seres humanos como de algunas especies animales”.

Y en abril de 2021, un juez mexicano dio la razón a Bayer con dicho recurso de amparo, que le otorgaba a la firma un respiro temporal frente a la medida.

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