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Justicia española eleva condena de La Manada a 15 años de prisión por ‘violación en grupo’

El Supremo señaló que la condena anterior fue errónea por hablar de un solo delito cuando hubo "una pluralidad de delitos de agresión sexual".

Diego Carranza Jiménez  | 21.06.2019 - Actualızacıón : 22.06.2019
Justicia española eleva condena de La Manada a 15 años de prisión por ‘violación en grupo’ BARCELONA, ESPAÑA. 26 DE ABRIL, 2018: Cientos de personas salieron a las calles en Barcelona, España para protestar en contra de la decisión de la Audiencia de Navarra, que condenó a 9 años de prisión a cinco jóvenes señalados de violar a una mujer de 24 años en la celebración del San Fermín, en Pamplona, en 2016. La reacción social al escuchar la sentencia fue de indignación. Desde las plataformas feministas denuncian la decisión de los magistrados y aseguran que sí hubo agresión sexual. (C. Gil - Agencia Anadolu)

BOGOTÁ, Colombia
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de España elevó a 15 años de prisión la condena contra los cinco miembros del denominado grupo ‘La Manada’, por la agresión sexual contra una joven madrileña de 18 años durante las fiestas de Los Sanfermines en Pamplona, en julio de 2016.

La sala segunda de lo Penal del TSJ condenó a los cinco hombres por el "delito continuado de violación", y a Antonio Manuel Guerrero, específicamente, lo sancionó también por el delito de robo con intimidación del teléfono celular de la víctima, por lo que deberá pagar en total 17 años de cárcel.

Asimismo, decretó ocho años de libertad vigilada y una indemnización conjunta a la joven por EUR 100.000.

En su fallo unánime, que la prensa local califica como histórico, el alto tribunal reconoció que en este caso hubo intimidación en contra de la joven y que no se trató de un caso de abuso sexual con prevalimiento, que es considerado un delito menor a la agresión sexual.

El prevalimiento, según el Código Penal español, consiste en que el autor de un delito se “aprovecha de una concreta y especial situación de superioridad, confianza, prestigio o potestad con respecto a la víctima para poder cometer con éxito el acto criminal”.

No obstante, a juicio de los cinco jueces de la Sala de lo Penal, hubo "un auténtico escenario intimidatorio", en el que la joven "en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por acusados", que incluyen diez agresiones.

El fallo del Tribunal consideró dos agravantes específicas del delito de violación: una, el “trato vejatorio o degradante a la víctima”, y dos, la “actuación conjunta de dos o más personas” en los hechos.

El TSJ argumenta el primer agravante, en las “varias penetraciones, simultáneas, por vía vaginal, anal y bucal”, y el alarde que los agresores hicieron de sus acciones en los videos grabados.

Y sobre el segundo, menciona la “superioridad numérica que fue aprovechada por los acusados para una mayor impunidad y aseguramiento del delito cometido”.

El Supremo señaló que la condena anterior fue errónea, pues habló de un solo delito cuando hubo "una pluralidad de delitos de agresión sexual".

Los magistrados revisaron la sentencia de apelación del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TJSN), que ratificó una primera sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, y que habían determinado una pena de nueve años contra los acusados.

El Supremo señaló que la condena anterior fue errónea por hablar de un solo delito cuando hubo "una pluralidad de delitos de agresión sexual".

“La redacción de los hechos probados determina que estos no pueden constituir un delito de abuso sexual, sino un delito de violación, siendo incorrecta por tanto la calificación jurídica de los mismos”, dijeron los jueces.

La condena emitida este viernes también incluye la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena para los condenados, una prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años a cualquier lugar que sea frecuentado por ella a una distancia inferior a los 500 metros, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio.

Este fallo, que resuelve un debate que desató una ola de protestas en España, ordenó que los cinco acusados volvieran a la cárcel luego de un año de libertad provisional. Todos ya fueron detenidos, dos de ellos en Sevilla, mientras intentaban salir de la ciudad.

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