En Perú seis departamentos y 36 provincias entran en cuarentena focalizada obligatoria
Las autoridades también prohibieron las reuniones sociales y familiares, con el fin de frenar la propagación del coronavirus en la nación andina, que está al borde de los 500 mil casos positivos.

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Los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios, así como 36 provincias en Perú, entran en cuarentena focalizada obligatoria con el fin de frenar el aumento de casos positivos de coronavirus COVID-19.
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Así lo dispuso el Gobierno de Martín Vizcarra, según un decreto supremo publicado en la noche del miércoles en la edición extraordinaria en el Diario Oficial El Peruano.
Según determinó la medida, citada por la estatal Agencia Andina de noticias, de acuerdo a las evaluaciones epidemiológicas, las cuarentenas focalizadas podrán “ir variando en el lugar y en el tiempo”.
Las provincias donde aplicará la medida son Pasco (Pasco); Huamanga y Huanta (Ayacucho); Santa, Casma y Huaraz (Áncash); Mariscal Nieto e Ilo (Moquegua); Tacna (Tacna); Cusco, La Convención, Anta, Canchis, Espinar y Quispicanchi (Cusco); San Román y Puno (Puno); Cajamarca, Jaén y San Ignacio (Cajamarca); Bagua, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas); Abancay y Andahuaylas (Apurímac); Barranca, Huaura, Cañete y Huaral (Lima); Virú, Pacasmayo, Chepén y Ascope (La Libertad); Huancavelica, Angaraes y Tayacaja (Huancavelica).
De acuerdo a lo dispuesto, durante la vigencia del estado de emergencia en el Perú, en todas estas jurisdicciones la inmovilización social obligatoria regirá desde las 20:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Además, solo estará permitido el desplazamiento de personas para prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de ciertas actividades económicas autorizadas.
Se prohíben reuniones familiares
El decreto supremo también determinó la prohibición de las reuniones sociales, “incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares”, para de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19.
“Ratifícase que (…) queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”, precisa el texto.
Igualmente, la norma establece que niños, niñas y adolescentes menores de 14 años “deben permanecer en su domicilio”.
Sin embargo, agrega que “por necesidad de mantener su salud emocional, pueden realizar un paseo diario” de máximo 30 minutos de duración, en una distancia no superior de 500 metros de su domicilio y en espacios libres y sin aglomeraciones.
Los pequeños podrán salir con una sola persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio.
Datos entregados por la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, al diario RPP, señalan que hasta la fecha 81 niños han fallecido y 23.000 se infectaron de coronavirus.
Según la plataforma Worldmeter, considerado uno de los mejores sitios web de referencia para seguir las estadísticas de la pandemia, Perú registra 498.555 casos confirmados y 21.713 decesos por el brote.
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