Ecuador: destituyen a las autoridades encargadas de organizar las elecciones presidenciales de febrero
La “destitución” de la presidenta y de tres consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE) se dio por haber incumplido una sentencia de aquel organismo que habilitaba al movimiento político Justicia Social a participar en las elecciones.

BOGOTÁ, Colombia
Este jueves el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) de Ecuador destituyó en primera instancia a varias de las autoridades electorales encargadas de realizar las elecciones presidenciales del próximo 7 de febrero.
El juez Ángel Torres dictó la destitución de Diana Atamaint, presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE); Enrique Pita, vicepresidente del CNE, y a los consejeros José Cabrera y Luis Verdesoto por considerarlos responsables de incumplir una sentencia emitida por el TCE que le permitía al movimiento Justicia Social participar en las elecciones. Una “infracción electoral muy grave”, según Torres.
La denuncia contra los cuatro funcionarios la interpuso Jimmi Salazar, director del movimiento, quien aseguró que ellos desacataron el fallo del TCE en el que Justicia Social recuperó su personería jurídica y les otorgó un plazo nuevo para inscribir sus candidatos a las elecciones presidenciales y parlamentarias de febrero.
En diciembre, los cuatro funcionarios pidieron al TCE revocar la sentencia que aumentaba el plazo de inscripción de candidatos al considerarlo una intromisión en las funciones del CNE.
Además de ser destituidos, los funcionarios fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos por cuatro años y deberán pagar una multa de USD 28.000 cada uno.
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“El Consejo Nacional Electoral reconoce las vulneraciones sucedidas a la tutela judicial efectiva, debido proceso, seguridad jurídica y pide disculpas a la ciudadanía ecuatoriana por la afectación al derecho de participación del Movimiento Justicia Social, Lista 11 y con aquello, provocar incertidumbre electoral debido a la conducta antijurídica incurrida al incumplir la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Electoral en la causa No. 080-2020-TCE, más aún cuando se está en período electoral”, publicó el organismo.
Debido a que este fallo es de primera instancia, la sentencia puede ser apelada.
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