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CorteIDH pide información a Colombia con el fin de proteger a víctimas del exparamilitar Salvatore Mancuso

A Mancuso se le atribuyen las masacres de Mapiripán (1997) y de El Aro (1997), que dejaron un total de 35 campesinos asesinados; y las de La Gabarra (1999) y El Salado (2000), en las que murieron 35 y más de 100 personas, respectivamente.

Santiago Serna Doque  | 25.08.2020 - Actualızacıón : 27.08.2020
CorteIDH pide información a Colombia con el fin de proteger a víctimas del exparamilitar Salvatore Mancuso El excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso. (InSight Crime)

Colombia

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) requirió información al Estado colombiano en relación con la solicitud de medidas provisionales pedidas a favor de las víctimas de tres casos de graves violaciones a los derechos humanos cometidas por paramilitares.

El pedido de la CorteIDH está enmarcado en la posible deportación a Italia del excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso.

Ver también: Human Rights Watch afirma que Colombia debe insistir en la extradición del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso

Las medidas fueron solicitadas el 21 de agosto del año que corre por la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). 

Un comunicado de CEJIL subrayó que: “Se solicita a la Corte que requiera al Estado colombiano, asegurarse de que el proceso de extradición ante el gobierno de EEUU se lleve a cabo de manera expedita y con apego a las obligaciones de debida diligencia, a fin de permitir que las víctimas de los casos masacres de Ituango (2002) y Pueblo Bello (1990) y Valle Jaramillo (1998) tengan garantías para el acceso a la justicia. Adicionalmente se busca que el Estado colombiano se abstenga de adoptar cualquier acción que pueda obstaculizar el trámite de extradición”.

En dichas masacres, la CorteIDH dio por probada la vinculación entre paramilitares y miembros de la Fuerza Pública en la comisión de “graves violaciones a derechos humanos” y ordenó al Estado “investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables”.

En este contexto, la directora ejecutiva de CEJIL, Viviana Krsticevic, manifestó que “el Estado colombiano tiene la obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones a derechos humanos vinculados a las masacres de Pueblo Bello, Ituango y otras. Esta obligación comprende la actuación diligente y expedita del Estado colombiano en el trámite de extradición a fin de que se conozca la verdad de lo ocurrido y los graves crímenes no queden en la impunidad”.

Por su parte, el director de la Comisión Colombiana de Juristas, Gustavo Gallón, añadió que “la deportación de Salvatore Mancuso a Italia causaría una grave afectación a los derechos a la verdad y a la justicia de las víctimas y tendría como consecuencia una garantía de impunidad”.

Ante la solicitud de la CorteIDH, el Estado colombiano tiene plazo hasta el 31 de agosto para remitir información sobre esta situación, posteriormente la Corte determinará el otorgamiento de las medidas. 

En 2015, un tribunal federal de Estados Unidos condenó a Mancuso a 15 años de prisión por su papel en el tráfico internacional de drogas. En marzo de 2020 cumplió su condena.

A Mancuso se también se le atribuyen las masacres de Mapiripán (1997) y de El Aro (1997), que dejaron un total de 35 campesinos asesinados; y las de La Gabarra (1999) y El Salado (2000), en las que murieron 35 y más de 100 personas, respectivamente.

En 2008, el entonces presidente Álvaro Uribe extraditó a Mancuso y a otros 13 comandantes paramilitares para enfrentar cargos por drogas en Estados Unidos.

Los comandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia fueron enviados al país norteamericano luego de que la Corte Constitucional de Colombia dictaminara que los paramilitares debían decir la verdad sobre sus crímenes y cómplices si querían recibir sentencias reducidas bajo la Ley de Justicia y Paz de 2005.

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