Susana Patricia Noguera Montoya
28 Agosto 2018•Actualizar: 28 Agosto 2018
Los abusos y la detención arbitraria que vivió Azul Rojas Marín a manos de policías peruanos llegaron a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
Se trata del primer caso que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) somete a la Corte IDH en materia de violencia en contra de una persona perteneciente al colectivo LGBTI.
La CIDH consideró que la detención que vivió la persona trans fue arbitraria, al no cumplir con los requisitos que estipula la ley y atentó contra sus derechos.
La CIDH también señaló la existencia de graves actos de violencia física y psicológica, incluyendo violación sexual en contra de Azul.
El caso presentado este lunes a la Corte IDH ocurrió el 25 de febrero de 2008.
Ese día, tres policías y cinco serenos (agentes de seguridad municipal) la golpearon y detuvieron “con fines de identificación” bajo el pretexto de que no portaba sus documentos.
La llevaron a la comisaría de Casa Grande, en la ciudad de Trujillo, al noroeste de Perú, mientras la insultaban y golpeaban durante el camino.
Una vez en la comisaría, tres policías la tocaron y desnudaron a la fuerza. Dos de ellos la sujetaron de los brazos y piernas, un tercero le introdujo una vara de goma en el recto dos veces hiriéndola y causándole sangrado.
Al día siguiente, cuando la dejaron libre, ella y su madre fueron a la comisaría de Casa Grande para poner la denuncia, pero la policía del lugar no quiso escuchar su caso.
En marzo de 2008 Azul inició una batalla legal para lograr reconocimiento del crimen y reparación de los daños cometidos.
En el Informe de Fondo que presentó la CIDH ante la Corte IDH se hicieron varias recomendaciones. Los expertos exhortaron al estado peruano a reparar de forma integral a Azul Rojas Marín y su madre, Juana Rosa Tanta Marín, por las violaciones de los derechos humanos en su perjuicio.
La reparación, especificó la CIDH, debe incluir medidas de compensación pecuniaria y satisfacción para reparar tanto el daño material como moral, así como un acto público de reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado para las víctimas.
Además, la CIDH recomendó investigar de manera efectiva, “con la debida diligencia y dentro de un plazo razonable”, la violencia sexual sufrida por Azul Rojas Marín que el informe califica como tortura.
La Corte estudiará el caso y deberá tomar una decisión que además representa una oportunidad de profundizar su jurisprudencia de los casos de violencia física, psicológica y sexual por parte de agentes de seguridad del Estado, con las particularidades que se desprenden de la violencia por prejuicio.