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Voluntad Popular rechazó la anulación de su partido en Venezuela

La rectora del Poder Electoral en Venezuela, Tania D’ Amelio, declaró ilegal a Voluntad Popular, por no presentarse a su convocatoria de renovación de partidos.

Sergio Felipe García Hernández  | 27.01.2018 - Actualızacıón : 27.01.2018
Voluntad Popular rechazó la anulación de su partido en Venezuela El diputado de la Asamblea Nacional por el Estado de Miranda en Venezuela y coordinador del partido político Voluntad Popular, Juan Andrés Mejía. (Mesa de Unidad Democrática)

BOGOTÁ, Colombia

El diputado de la Asamblea Nacional por el Estado de Miranda en Venezuela y coordinador del partido político Voluntad Popular, Juan Andrés Mejía, rechazó la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de declarar ilegal a su movimiento político.

“Voluntad Popular no nació por decreto y no va a ser disuelta de esa manera. La organización no sabe de decretos y seguirá luchando para llevar siempre una palabra de aliento a quienes sufren", aseguró Mejía en una rueda de prensa.

La rectora principal del CNE, Tania D’ Amelio, declaró ilegal al partido Voluntad Popular, fundado por el exalcalde de Chacao Leopoldo López, por no presentarse a una convocatoria de renovación de partidos.

D’ Amelio aseguró que Voluntad Popular “al no atender la convocatoria de renovación de partidos hecha por el CNE automáticamente decidió cancelar su partido al no cumplir con los requisitos de la ley”.

El Consejo Nacional Electoral había anunciado a finales del año pasado que los partidos que conforman la Mesa de Unidad Democrática debían iniciar los trámites para renovar sus permisos de funcionamiento.

Acción Democrática y Primero Justicia decidieron cumplir con el trámite de la renovación ante la autoridad electoral venezolana.

El CNE también informó el jueves que excluyó a la Mesa de Unidad Democrática (MUD) del proceso de validación como organización política por ser una agrupación compuesta por diversos movimientos entre los que se encuentran unos renovados y otros pendientes de renovación.

El Consejo indicó que la MUD viola "abiertamente la prohibición de la doble militancia establecida en el dispositivo número 4 de la sentencia n° 1 del 5 de enero de 2016 y en el artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones".

La medida les impide a los partidos de oposición participar en las elecciones bajo la representación de la MUD.

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