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Al menos tres países violaron la legislación de la UE sobre los solicitantes de asilo

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó contra la República Checa, Hungría y Polonia por no haber trasladado a los solicitantes de asilo.

Ekip  | 02.04.2020 - Actualızacıón : 03.04.2020
Al menos tres países violaron la legislación de la UE sobre los solicitantes de asilo Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo, Francia. (Archivo - Agencia Anadolu)

BRUSELAS

República Checa, Hungría y Polonia han violado la legislación de la Unión Europea al no reubicar a los solicitantes de asilo en su territorio, según dictaminó el jueves el Tribunal de Justicia Europeo.

"Al negarse a cumplir con el mecanismo temporal de reubicación de los solicitantes de protección internacional, Polonia, Hungría y la República Checa han incumplido sus obligaciones en virtud de la legislación de la Unión Europea", dice el fallo del tribunal.

"Esos Estados miembros no pueden confiar en sus responsabilidades relativas al mantenimiento del orden público y la salvaguardia de la seguridad interna, ni en el supuesto mal funcionamiento del mecanismo de reubicación para evitar la aplicación de ese mecanismo", subrayó.

En septiembre de 2015 los ministros europeos aprobaron una resolución sobre el traslado temporal de 120.000 solicitantes de asilo de Grecia e Italia a otros Estados miembros de la Unión Europea a fin de aliviar la presión sobre las autoridades locales.

Se suponía que los estados miembros de la UE reubicarían un cierto número de solicitantes de asilo en función del tamaño y la situación económica del país, por ejemplo, la cuota de Hungría era de 1.294 personas. A pesar de la naturaleza obligatoria de la decisión, Hungría, Polonia y la República Checa no participaron en el programa de reubicación.

Polonia y Hungría argumentaron que los solicitantes de asilo representaban un riesgo para la seguridad nacional y el orden público, mientras que la República Checa argumentó que el programa de reubicación tampoco estaba en funcionamiento en otros países.

Después de que la Comisión Europea iniciara un procedimiento de infracción contra esos países, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas falló en su contra, diciendo que habían infringido la legislación de la Unión Europea.

En teoría, los tres países están ahora obligados a ejecutar la decisión, pero esto ya no es posible, ya que la situación de los 120.000 solicitantes de asilo se ha resuelto desde entonces. En un procedimiento separado, la Comisión Europea puede pedir al tribunal que imponga sanciones financieras a los tres estados.

*José Ricardo Báez G. contribuyó a la redacción de esta nota.

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